En el nuevo régimen de justicia penal
mexicano han surgido figuras inéditas
como la investigación complementaria,
la cual presenta cualidades
distintas a la clásica averiguación efectuada
por el agente del ministerio público
en el anterior sistema; esas particularidades
obligan a una vigilancia
superior de los órganos judiciales de
control, cuya responsabilidad es asegurar
con la debida proporcionalidad
el cumplimiento de los principios rectores
del procedimiento, pero sin descuidar
el respeto a los derechos humanos,
entre los cuales se encuentra el de
defensa plena, componente esencial
del debido proceso, que no se sujeta a
un ámbito de temporalidad estandarizado,
sino que dependerá de múltiples
factores que involucran: estrategia,
recursos e inevitables sucesos no
controlados por quien la despliega. Sin
embargo, esos aspectos parecen haber
sido acotados en plazos específicos incluidos
en el enjuiciamiento penal nacional;
renaciendo un debate que parecía
zanjado entre la prontitud de la administración
de justicia y el completo ejercicio de la libertad de defensa, el
cual merece ser replanteado pero bajo
la óptica de la actual perspectiva jurídica.
Lograr la armonía entre esos aspectos
representa uno de los nuevos
retos de estudio que debe ser resuelto
para evitar que se transforme en un
obstáculo de progreso en la impartición
de justicia.